Seguros de vida

Tu Familia y tu Patrimonio respaldados ante cualquier eventualidad.

¿Por qué con nosotros?

  • Amplia gama de coberturas adaptadas a tus necesidades presentes y futuras.
  • Garantía de liquidez suficiente para que los herederos puedan hacer frente al impuesto de Sucesiones.
  • Complementa su Seguro de Vida con garantías en caso de invalidez, accidente o enfermedad grave.
  • Destinado a aquellas personas con cargas familiares y que desean seguridad ante cualquier eventualidad.
  • Asegura la liquidación de tu hipoteca en caso de fallecimiento.
  • Podrás beneficiarte de las ventajas fiscales de que disponen las prestaciones de los seguros de vida.
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Y además…
Los Seguros de protección te ofrecen además, la posibilidad de disfrutar de servicios y garantías exclusivos:

  • Orientación Médica Telefónica: servicio de atención médica telefónica las 24h atendiendo personalmente por un equipo médico.
  • Testamento Online: Garantiza la asistencia necesaria para la elaboración de testamento abierto notarial y asesoramiento jurídico sobre el testamento vital, además de ocuparse de la gestión del borrado de la vida digital del asegurado en caso de fallecimiento.
  • Rehabilitación Cardíaca: Programas de rehabilitación supervisados y dirigidos por médicos especializados.
  • Segunda Opinión Médica: La posibilidad de efectuar un segundo diagnóstico, indicando cuál es el tratamiento más adecuado y los centros asistenciales de mayor prestigio.
  • Servicio Telefónico de Asesoría Jurídica: atendido por un equipo de abogados que asesora sobre cuestiones fiscales, tramitaciones de sucesiones, herencias, inventario de bienes, subrogaciones…

Coberturas

Los Seguros de Vida Protección Familiar garantizan tanto la cobertura del capital asegurado en caso de defunción, como de manera complementaria, la contratación de las coberturas de los siguientes riesgos:

Invalidez Permanente y Absoluta

Si el asegurado, por cualquier causa, alcanzara con total independencia de su voluntad, una situación física y/o psíquica irreversible que le impida el ejercicio de cualquier actividad remunerada, recibiría el capital asegurado de forma anticipada.

Capital adicional en caso de muerte por accidente

En caso de fallecimiento del asegurado a consecuencia de un accidente, los beneficiarios recibirán el doble del capital asegurado.

Capital adicional en caso de muerte por accidente de circulación

En caso de fallecimiento del asegurado a consecuencia de un accidente de circulación, los beneficiarios recibirán el triple del capital asegurado. Si además en el mismo accidente fallece su cónyuge, los hijos comunes no menores o incapacitados percibirían otro capital adiciona, por lo que el capital se cuadriplica.

Capital adicional en caso de invalidez por accidente

En caso de que el asegurado sufra una invalidez permanente y absoluta a consecuencia de un accidente, percibiría el doble del capital asegurado por la garantía de invalidez.

Capital adicional en caso de invalidez por accidente de circulación

En caso de que el asegurado sufra una invalidez permanente y absoluta a consecuencia de un accidente de circulación, percibiría el triple del capital asegurado por la garantía de invalidez.

Enfermedades graves

En caso de que al asegurado se le diagnostique por primera vez una de las siguientes enfermedades graves: cáncer, infarto de miocardio o cerebral, afección crónica de las arterias coronarias que requiere cirugía de by-pass o insuficiencia renal, transplante de órganos mayores, Alzheimer o Parkinson, tiene derecho a percibir un anticipo del 25% o del 50% del capital previsto para el caso de muerte según la opción elegida en la contratación.

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